¿Qué pasa con el alquiler en casos de divorcio?
Vamos a exponer en este post un caso muy habitual que tiene muchas consultas en nuestro despacho de JR Abogados.
Una pareja se encuentra casada y viven de alquiler.
El contrato de arrendamiento lo firmó solamente el marido.
La relación se rompe y se divorcian en el juzgado.
El juez otorga el uso de la vivienda a la mujer, que no es titular del contrato de arrendamiento.
A partir de aquí, surgen muchas dudas, vamos a intentar resolverlas.
¿Hay que notificar al arrendador?
Si la mujer quiere quedarse en el piso tiene que notificar al arrendador pero tiene un plazo.
Tiene 2 meses desde que recibe la sentencia de separación o divorcio del juzgado (o del notario).
Debe informar al casero de su divorcio enviándole copia de la resolución.
¿Y si no se avisa al arrendador?
Si el dueño del piso no sabe nada del divorcio (porque ninguna de las partes de se dijo) y ha pasado el plazo de 2 meses para que se le notifique, tiene derecho a resolver el contrato pudiendo iniciar una demanda de desahucio contra la mujer a quien el juez le ha dado el uso de la vivienda.
¿Quien tiene que pagar la renta?
Si la mujer no paga las rentas y tampoco le dijo al dueño que se habían divorciado y el juez le dio el uso de la vivienda, debe pagar la mensualidad el marido que fue quien firmó el contrato de arrendamiento.
Y si la mujer no paga, ¿quién lo hace?
El marido que firmó el contrato, si su ex mujer no paga la renta, debe pagarla él.
Además, debe pagarla aunque en la sentencia de divorcio el juez diga que el pago deberá hacerlo el cónyuge que haga uso del piso.
Eso si, el marido podrá repercutir contra su ex mujer todas las rentas que pague desde que se divorció.