Si ya has interpuesto la demanda de desahucio en el juzgado para recuperar la posesión de tu casa mediante abogado especialista en desahucios, y se ha producido el lanzamiento, te has quitado un gran problema.
Pero ¿qué pasa con las rentas que te quedan por cobrar?
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados







Proceso monitorio
Si sabes dónde localizar al inquilino, es una muy buena opción.
El artículo 812 Ley enjuiciamiento civil, establece este proceso para solicitar las rentas del alquiler o los suministros impagados.
Se le puede enviar un burofax, reclamando la deuda, porque sabes donde vive.
Como no te va a constestar, y tampoco te va a pagar, debes presentar una demanda en el juzgado de primera instancia del nuevo domicilio del inquilino.
Como tampoco va a contestar, el juzgado dicta un decreto que se puede ejecutar directamente, simplemente le decimos al juzgado que le embargue sus bienes.
Es un procedimiento judicial muy rápido.
¿Qué pasa si el inquilino contesta la demanda de monitorio?
Se pasa a un juicio verbal, habrá una vista y una sentencia. Si es favorable (que lo será) se insta una demanda de ejecución para cobrar lo debido.
Causas para echar a tu inquilino
No pagar la fianza o su actualización.
Subarrendar el piso o habitaciones.
Causar daños en el piso o realizar obras no consentidas.
Realizar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas dentro de la vivienda.
No usar el piso como vivienda pricipalTener mascosas.
Que el dueño necesite el piso
Qué necesito para echar al inquilino
Lo primero tener una causa legal para desalojarlo.
Lo segundo, buscar un abogado, si es especialista en desahucios express, mucho mejor.
Documentos para demandar a mi inquilino
El principal es el contrato de alquiler.
Si le ha enviado un burofax, copia del mismo.
Movimientos bancarios que demuestren el impago de rentas.
Un desahucio suele tardar de media entre 4 o 6 meses, aunque hay factores que pueden determinar su rapidez o su lentitud.
Factores a tener en cuenta:
- El letrado.
- El juzgado.
- El poder general para pleitos.
- El burofax