El artículo 245.2 del Código Penal castiga el delito de usurpación de bien inmueble con una ridícula multa que va de los 3 a los 6 meses.
Eso, es sencillamente una invitación a entrar en una casa, ocuparla, empadronarse, enganchar los suministros y vivir a cuerpo de rey.
En cáritas nos dan la ropa, en otras ONG´s comida diaria, médico gratis, colegio gratis y, por su puesto abogado de oficio gratis para cuando nos quieran echar.
Esto, leído por familias humildes cuya única opción fue esta puede resultar ofensivo, pero no va dirigido a ese colectivo.
Va dirigido a los caraduras que piensan que el estado tiene la obligación de darles una vivienda gratuita porque lo dice la constitución.