Cuando un propietario alquila una vivienda tiene sentimientos encontrados, por un lado, la satisfacción de saber que cada mes podrá contar con un dinero extra, pero por otro, la preocupación de haber metido en su casa a las personas correctas.
Si todo va bien, la preocupación del casero cada día irá a menos, sobre todo si en las fechas en las que tiene que recibir los ingresos no hay problema, pero si la cosa se tuerce, la preocupación va en aumento no solo ya porque cada mes que pasa no recibe su renta, sino además, por los daños que pueden ocasionarle en el inmueble.
Cuándo son varias las mensualidades incumplidas por parte de los arrendatarios, el dueño empieza a barajar opciones.
Aquí vamos a enumerar aquellas alternativas que pueden ser contraproducentes para el propietario de la finca.
La primera opción que se viene a la cabeza del propietario es la de cambiar la cerradura, en este caso, el dueño podrá ser condenado por los Juzgados Penales por un delito de coacciones o bien por un delito de realizacion arbitraria del propio derecho, lo que viene a ser el tomarse la justicia por su mano.
En este caso el inquilino podrá llamar a la policía y a un cerrajero para que vuelva a cambiar la cerradura. Sí el inquilino le denuncia, el dueño podrá ser condenado al pago del cambio de cerradura y además a los perjuicios que le haya podido causar al no haber podido entrar en su domicilio durante un tiempo.
Otra de las opciones es cortarle el agua, la luz, el gas, en definitiva los suministros.
Volvemos también a toparnos con el delito de coacciones, en este caso podemos distinguir entre que el titular de la factura sea el dueño y no pague (aunque el inquilino moroso le pague al dueño) El arrendatario puede denunciarlo, del mismo modo si el propietario tiene la idea de romper los contadores de los suministros el inquilino podrá demandarle y exigirle una indemnización por daños y perjuicios causados.
Del mismo modo si el dueño se da de baja en la titularidad de los suministros el inquilino lo tiene tan fácil como llamar a la compañía y darse de alta con el simple contrato de alquiler.
Además podrá pedirle al dueño que le indemnice con el coste del alta y los daños y perjuicios que haya podido sufrir por el incumplimiento de contrato al haberse quedado sin suministro durante determinados días.
Si el dueño no le paga de manera voluntaria estos gastos el inquilino podrá aminorar el pago de la siguiente mensualidad restando estos gastos.
Otra idea «brillante» que pasa por muchas cabezas es la amenaza física o verbal al arrendatario, en este caso podrá ser condenado el casero a penas que van desde multa o incluso prisión dependiendo de la intensidad de las amenazas y si se le ha causado lesiones.
Además de ser condenado, el dueño tendrá antecedentes penales.
Hemos de tener en cuenta que para que un juzgado condene al propietario de una vivienda por coacciones deberán presentarse pruebas contundentes por parte del inquilino que acrediten estos hechos.
Otra opción que tiene el dueño es no reparar los desperfectos que se hayan podido originar en el inmueble. En este caso el inquilino puede resolver el contrato y exigirle una indemnización por daños y perjuicios, pero también puede obligar al casero a que le pague el coste del alojamiento mientras se en reparan los desperfectos en el inmueble, pues el contrato no se encuentra resuelto y las obligaciones han sido incumplidas por parte del casero.
Además puede el inquilino denunciar al casero ante la Administración por no cumplir el deber de mantener su vivienda en un estado adecuado de higiene y seguridad, lo que puede conllevar multas por parte del Ayuntamiento.
Todas estas alternativas suelen ser ineficaces y causan más problemas de los que resuelven.
Recuerde esto, para echar a su inquilino del piso la mejor opción siempre será contar con los servicios de un abogado especialista en procesos de desahucio.