Desde que ha salido el inquilino del piso alquilado el casero dispone de un plazo para ocuparlo.
Tiene 3 meses.
Si en los tres meses el arrendador no ha ocupado su vivienda, el inquilino puede solicitar en el plazo de 30 días volver al piso alquilado por un plazo de 3 años, y manteniéndo las condiciones del contrato exactamente igual que las del contrato inicial.
Pero el inquilino también puede pedir una indemnización por una cantidad equivalente a un mes por cada año de contrato que restase para cumplir los 3.
Además el inquilino, si vuelve al piso porque el casero no lo ocupó en un plazo de tres meses (él o familiares) puede exigirle una indemnización por los gastos ocasionados por la mudanza.
No obstante, si el casero no ocupa el piso por razones de fuerza mayor, no cabe ninguna de las opciones anteriores.