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Qué es un poder general para pleitos

Un poder general para pleitos es un documento muy utilizado en los juzgados y tribunales de España.

Se trata de un documento que se redacta en una Notaría mediante el cual poderdante (quien otorga el poder) apodera jurídicamente para que otra (apoderado) le represente y actúe en su nombre en el juzgado correspondiente.

En un desahucio, el poderdante es el cliente, normalmente el casero o arrendador, y el apoderado el procurador, aunque también puede incluirse al abogado.

Si este poder se realiza en un notario, tiene un coste aproximado de 50 €.

En cambio también puede realizarse en el juzgado de forma gratuíta, haciéndose llamar «apud acta».

Es el documento «estrella» en los juzgados, pues en muy pocas ocasiones un particular puede actuar por si mismo en un tribunal.

Si quiere ver cómo es un poder para pleitos pinche aquí.

Tipos de poder

Poder notarial

El poder más habitual es el notarial. 

Cualquier notario puede realizarlo y tiene un coste aproximado de 50 €.

Una vez se llega al notario, se realiza en 10 minutos, solamente hay que aportar los datos de poderdante y del apoderado.

Si te encuentras en el extranjero pueden realizarlo los consulados españoles.

Es preciso presentar el DNI de la persona.

Si es una empresa, su representante presentará su DNI y la escritura de representación de la empresa.

Poder apud acta

Este tipo de poder se realiza en el Juzgado, es gratuíto pero tiene un gran inconveniente, retrasa el curso del procedimiento unas semanas.

Lo realiza el interesado a favor del procurador.

El Juzgado notifica al abogado para que avise a su cliente, dándole un día y una hora para que lo firme.

Facultades del poder

Un poder general para pleitos le da al procurador la facultad de poder realizar todos los actos requeridos en un proceso judicial, por ejemplo:

  • presentar una demanda
  • contestar a una demanda
  • presentar recursos judiciales
  • solicitud de embargo de bienes al deudor…

El poder y el procurador

Una vez la notaría entrega el poder al interesado, éste se lo debe entregar al procurador físicamente.

Así, la demanda, cuando se presenta por parte del abogado, va encabezada con el nombre del apoderado (el procurador).

Además, el poder debe unirse a la demanda para que el juzgado tenga constancia de quién es el representante del interesado.

Cuánto dura un poder general para pleitos

Un poder general para pleitos no caduca, es indefinido.

Así el abogado podrá usar dicho poder en cualquier otro pleito sin que el cliente tenga que pagar de nuevo por ello.

El apud acta, es válido solo para un solo juicio.

Revocación del poder

El poder puede ser revocado por el poderdante en cualquier momento.

Si lo hace, no valdrá para nada, pierde sus efectos por completo y el procurador apoderado no podrá representar a quien lo otorgó.

La revocación podrá realizarse ante cualquier notario de España.

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