Reclamar daños al inquilino

https://youtu.be/5YiuMA1bAAM Si el casero y el inquilino han pactado en su contrato de arrendamiento alguna cláusula para el caso de que se produzcan daños o desperfectos en la vivienda, rige el contrato de alquiler. Si no han pactado nada, según el artículo 4 de la LAU, entran en acción las normas civiles de forma supletoria. … Leer más

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