¿Has pensado en sacar al inquilino por las malas? Esto es lo que puede pasarte

Tienes un inquilino que no paga. Cada mes que pasa es una losa sobre tu economía. Le llamas, te ignora. Le mandas mensajes, no responde. Apagas la calefacción, cortas el agua, cambias la cerradura o incluso te plantas en la puerta con tus amigos para «convencerle» de que se vaya. Parece justo: ¡es tu casa! Pero si haces eso, estás dando el paso directo hacia el banquillo de los acusados.

Pensaste en sacarlo por las malas… pero la ley no está de tu parte

Muchos propietarios, agotados por la desesperación, piensan: «Si la justicia no me protege, actuaré yo mismo». Y ese pensamiento, comprensible pero peligroso, puede acabar arruinándote la vida.

¿Qué puede pasarte si actúas por tu cuenta?

1. Antecedentes penales por allanamiento de morada

Sí, aunque la vivienda sea tuya. La ley protege a quien reside en ella, aunque sea sin contrato o de forma irregular. Si entras por la fuerza, puedes ser condenado por allanamiento de morada (art. 202 CP). Hasta 2 años de prisión.

2. Delito de coacciones (art. 172 CP)

Presionar, amenazar, cortar suministros o acosar al inquilino para que se marche también es delito. La pena: hasta 3 años de prisión.

3. Responsabilidad civil por daños

Si se rompe algo, si el inquilino sufre un daño o se ve perjudicado, puedes ser condenado a pagar miles de euros en indemnizaciones.

4. Juicio penal, costas y mancha en tu historial

Aún sin pena de prisión efectiva, acabar con antecedentes te puede cerrar puertas laborales, impedir subvenciones o incluso complicar tu situación como arrendador.

Casos reales en España

  • Un propietario en Sevilla, cansado de un inquilino moroso, cambió la cerradura. Fue condenado por coacciones y tuvo que pagar 6.000 €.
  • Una mujer en Zaragoza, cortó el agua y la luz de un piso alquilado. Acabó con antecedentes penales.
  • Un dueño en Alicante, contrató a una empresa de desokupación. El inquilino terminó en el hospital, y él fue acusado de lesiones y amenaza grave.

¡Todo por actuar sin abogado!

La frustración es comprensible. Pero el camino más rápido, eficaz y seguro es el legal. Y eso sólo te lo garantiza un equipo de abogados expertos en desahucios.

JR Abogados: más de 25 años ayudando a propietarios

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Preguntas frecuentes

¿Y si el inquilino no tiene contrato?

También está protegido. Mientras haya una relación de hecho (vivir allí), solo el juez puede ordenar el desalojo.

¿Puedo grabar lo que pasa si voy al piso?

Puedes grabar desde el exterior, pero no entrar. Cualquier grabación dentro podría volverse contra ti.

¿Cuánto tarda el desahucio?

Depende del juzgado, pero en JR Abogados reducimos tiempos gracias a experiencia, argumentación jurídica firme y documentación bien presentada.

¿Me puede denunciar el inquilino si actúo por mi cuenta?

Sí. Aunque no pague. Aunque lleve años. Si actúas sin autorización judicial, puedes ser imputado.

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Pensar en sacarlo por las malas puede parecer tentador… hasta que ves las consecuencias. Hazlo bien desde el principio.

JR Abogados. Ser el primero no es casualidad. Es justicia bien hecha.

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